ATENCIÓN (AVISO DE ABOGADOS)
NOTIFICACIÓN A TODOS LOS ABONADOS
DE PUERTO RICO TELEPHONE COMPANY
PARA EL PERÍODO COMPRENDIDO
ENTRE LOS AÑOS 1999 AL 2009
NOTIFICACIÓN A TODOS LOS ABONADOS
DE PUERTO RICO TELEPHONE COMPANY
PARA EL PERÍODO COMPRENDIDO
ENTRE LOS AÑOS 1999 AL 2009
En el Pleito de Clase titulado Howard Ferrer, et al. v. Puerto Rico Telephone Company, Civil Número DAC-2014-1998 (701), el 13 de mayo de 2019, notificada el 4 de junio de 2019, el Tribunal de Primera Instancia, Región Judicial de Bayamón, emitió una Sentencia Sumaria Parcial, en la que determinó que “entre los años 1999-2009, PRTC dolosamente y en contravención de la buena fe contractual, les facturó a los miembros de la clase Demandante una suma global de $168,354,553.65”. Resolvió, además, el Tribunal “que PRTC es responsable por el cobro doloso en contravención de la buena fe contractual, que le gestionó a la clase Demandante por concepto de renta de equipo o CPE entre 1999-2009, por lo que deberá indemnizar a los miembros de la clase Demandante por los daños que el incumplimiento doloso les ocasionó”. Dicha Sentencia podría ser apelada por la demandada PRTC.
Si usted es una de las personas naturales o jurídicas que pudo ser afectada por la conducta de PRTC, en su momento, una vez aprobada por el Tribunal, se le estará enviando una notificación informándole de sus derechos como miembro de la Clase Demandante.
EL PRESENTE CONSTITUYE UN MERO AVISO INFORMATIVO SOBRE EL CUAL USTED NO TIENE QUE REALIZAR GESTIÓN ALGUNA.
Comunicado de prensa 15 de diciembre de 2020
Los demandantes reclaman desde hace 10 años el reembolso de sobre $168 millones por cobro
ilegal en renta de equipo por parte de PRTC
El Tribunal de Apelaciones ratificó el pasado 8 de diciembre de 2020 la Sentencia Sumaria Parcial, emitida el 13 de mayo de 2019 por el Tribunal de Primera Instancia (TPI), en la demanda de los consumidores en contra de la Puerto Rico Telephone Company (PRTC). El Tribunal declaró Ha Lugar la Sentencia Sumaria presentada y confirmó todas las determinaciones del TPI, contrario a la solicitud hecha por la parte demandada, PRTC.
« Este pleito legal, iniciado hace 10 años, surge por la reclamación de miles de consumidores para que PRTC les reembolse unos $168 millones por cobro ilegal de un servicio que no rindieron. Podemos decir que esta decisión del Tribunal de Apelaciones es un gran triunfo para los consumidores puertorriqueños, a quienes en violación a sus contratos, entre el 1999 y el 2009, se les cobró fraudulentamente unos cargos ilegales por un servicio que no prestaron, lo cual quedó evidenciado principalmente con la prueba suministrada por la propia PRTC., », enfatizó uno de los abogados de los demandantes, el Lcdo. José A. Andréu Fuentes. “Este es el caso más grande que se ha ganado en Puerto Rico en defensa de los consumidores de servicios de telefonía y tecnología, y ciertamente sienta un precedente importante que no solo beneficiara económicamente a casi un millón de consumidores puertorriqueños, sino que evitará que este tipo de práctica ilegal y engañosa ocurra en el futuro.,” concluyó el Lcdo. Harold Vicente, otro de los abogados de la Clase demandante.
Ahora el caso regresa al TPI para la identificación de todos los miembros individuales de la Clase demandante y para la determinación de la cantidad monetaria que tendrán derecho a recibir 730,406 consumidores. Los Lcdos. Andréu Fuentes y Harold Vicente exhortaron a los consumidores que hayan sido clientes de PRTC entre los años 1999 al 2009 a que estén pendientes a las notificaciones del caso (Núm. DAC 2014-1998) en los medios de comunicación del país, ya que el caso está en su etapa final para hacerle justicia a los consumidores.
Contacto: Lcdo. José A. Andréu Fuentes-787-754-1777 / Lcdo. Harold Vicente-787-751-8000.
LCDO. HAROLD D. VICENTE
VICENTE & CUEBAS
P.O. Box 11609
San Juan, Puerto Rico 00910-1609
LCDO. JOSÉ A. ANDREU FUENTES
BUFETE ANDREU & SAGARDÍA
#261 Avenida Domenech
San Juan, Puerto Rico 00918-3518
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